GLOSARIO ADUANERO primera parte
Es cuando se el administrador de aduanas toma como necesarias ciertas mercancias para la Nacion que son abandonadas por dichas empresas.Es cuando el dueño de la mercancia deja una carta o dice al administrador que quiere dar la mercancia a la NacionEs dicha persona encargada de que se haga bien la entrega de la aduana y haya un firme cumplimiento al contratoEs aquel por el cual se firman o estan a nombre suyo ciertas mercancias- Declaración de mercancías.
Es un escrito el cual crean ciertas personas con el fin de seguir el cumplimiento y regimen aduanero- Derechos o impuestos de aduana.
Son ciertos impuestos cobrados por la Nacion- Derechos de importación y de exportación.
Son los derechos de aduana y cualesquiera otros impuestos o contribuciones que se perciban con motivo de la importación o exportación de mercancías, de conformidad con las normas sobre la materia.Es la destinación para el consumo de las mercancías importadas con este fin o para aplicarles cualquier otro régimen aduanero, inclusive el de exportarlas, tan pronto se cumplan las formalidades prescritas en este Decreto.Es la salida, con destino a otro país, de mercancías que hayan tenido circulación libre o restringida en el territorio aduanero colombiano.Es la introducción de mercancías procedentes de otros países a territorio aduanero de la República. Para conceder el levante de la mercancía la autoridad aduanera verificara que su importación esté precedida de licencia o registro cuando las normas sobre la materia lo exijan.Es el acto por el cual la aduana permite a los interesados el retiro y disposición de las mercancías que son objeto de despacho.- Liquidación de derechos e impuestos de importación.
Es la determinación del monto de los derechos e impuestos que la Nación debe percibir por una importación- Mercancías en libre circulación.
Son las mercancías de las cuales se puede disponer sin restricciones aduaneras.- Muestras sin valor comercial.
Son aquellas mercancías que se importan con el fin de promover pedidos, sin que en ningún caso sobrepasen en cantidad y valor por envío a los que fije el Gobierno Nacional.Es el transporte a cualquier lugar fuera del territorio aduanero nacional de mercancías llegadas al país con el lleno de los requisitos legales y que aun no han sido sometidas a un régimen determinado.- Reconocimiento de mercancías.
Es la operación que permite a la autoridad aduanera, mediante el examen físico de las mercancías determinar su naturaleza, origen, estado, posición arancelaria, cantidad, valor gravamen, régimen de importación y demás características que la identifiquen e individualicen.Es la exportación de mercancías que fueron importadas y sometidas a un régimen aduanero.Es la introducción al territorio aduanero de mercancías previamente exportadas del mismo.Son las normas que regulan las diferentes operaciones de importación, exportación, almacenamiento y transito de mercancías.Es el conjunto de obligaciones y derechos que surgen entre la Nación y las personas que se vinculan con ella por motivo de la introducción de una mercancía al territorio de la República, o de su extracción del mismo.La legislación aduanera se aplicará en el territorio nacional señalado por la Constitución.
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